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ISBN 978-607-09-4449-9

¿Cómo los jueces deberán ejercer el control de convencionalidad de las leyes?

Autor:Rey Cantor, José Ernesto
Editorial:Editorial Porrúa
Materia:Jurisdicción y relaciones jurisdiccionales de los estados
Público objetivo:Profesional / académico
Publicado:2024-10-31
Número de edición:1
Número de páginas:0
Tamaño:234Kb
Precio:$160
Soporte:Digital
Formato:HTML (.htm, .html)
Idioma:Español

Reseña

El autor, siguiendo a tratadistas europeos, hace suya la
expresión acquis conventionnel, ‘acervo convencional’,
del que forman parte la Convención Americana sobre
Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, que con otros
instrumentos interamericanos constituyen un parámetro
de control de convencionalidad.
El objeto de la obra es proponer un método jurídico
para que los jueces internos ejerzan un control fuerte
de convencionalidad cuando la norma interna aplicable
al caso sea incompatible de manera manifiesta con la
convención —es decir, cuando la inconvencionalidad sea
insuperable.
Se trata de un juicio de convencionalidad dividido en
las siguientes fases y en el que intervienen los tribunales
constitucionales (cortes, salas o tribunales superiores)
y los jueces internos: a) determinación y calificación de
los hechos relevantes y probados del caso (el supuesto
fáctico) por resolver; b) encaje de los hechos relevantes y
probados del caso con la normativa interna (constitucional,
legal, administrativa, jurisprudencia, prácticas y costumbres
indígenas) aplicable (la subsunción); c) comprobación de
que hay un conflicto entre la normativa interna aplicable
y la convención, otro instrumento interamericano —cuya
interpretación vinculante se da por descontada en ambos
casos— o la jurisprudencia de la Corte; d) conclusión de
que de ningún modo la normativa interna aplicable es
convencional, y e) resolución del caso, tomada al aplicar, en
lugar de la normativa interna incompatible, la convención,
otro instrumento interamericano y la jurisprudencia de la
Corte.
En suma, se hace una propuesta metodológica de
ejercicio del control de convencionalidad que de seguro
será recibida con beneplácito por la judicatura de México
y de los demás países de Latinoamérica.

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