El impacto del neoliberalismo en el derecho del trabajo
Con el paso del tiempo, se han ofrecido tantas definiciones de garantías sociales como autores las han estudiado. El problema parece radicar en la diferencia que, en su caso, puede establecerse entre las garantías individuales y las sociales.
Las garantías sociales se revelan con una relación jurídica. Las garantías sociales se produjeron cuando determinada clase de personas, aquejadas de una deplorable situación económica exigieron al Estado medidas de protección y cuando este las crea mediante conductos normativos, estableciendo las garantías sociales, se forma una relación de derecho entre los grupos sociales favorecidos y aquellos frente a los que implantó la tutela. Esta relación jurídica se genera entre sujetos colocados en una determinada situación social, económica o jurídica y entre los que existen lazos materiales determinados, establecidos principalmente en cuanto al proceso productivo. Diego Valadés lo define como "las disposiciones constitucionales que establecen y regulan los derechos y prerrogativas de la sociedad en general o de grupos humanos en especial"